Si no sabes qué son los derechos de autor en España y cómo funcionan en Internet podrías verte en problemas ¡O perder oportunidades!
¿Por qué?
Todos los días millones de personas comparten contenido propio y ajeno en la red, y todos los días se producen miles de infracciones a los derechos de autor en Internet.
¿Conoces tus derechos como autor?
¿Y tus obligaciones como usuario?
En este post conocerás el alcance de tus derechos como autor y también tus obligaciones como usuario de la red.
¡No te pierdas nuestras infografías de resumen!
Antes de nada, te sonarán conceptos como propiedad intelectual, propiedad industrial, derechos de autor… ¡qué follón! ¿Tú también te lías con esto?. ¿Tienes claro qué aplica en cada caso?. Vamos a comenzar revisando algunos conceptos.
La propiedad intelectual y la propiedad industrial
Según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI o WIPO en inglés), la propiedad intelectual se relaciona con las creaciones de la mente.
Para proteger estas creaciones se reconocen dos categorías:
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Los derechos de autor, que protegen obras literarias y artísticas.
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Los derechos de propiedad industrial, que engloban otro tipo de creaciones, como patentes, marcas y diseños industriales entre otras.
Depende de cada legislación definir qué formas de creación o producción constituyen propiedad intelectual y cuáles no, y las leyes evolucionan constantemente.
Eso sí, las obras literarias y artísticas, las imágenes y fotografías están siempre reconocidas como propiedad intelectual.
Así que en general los contenidos web son obras que constituyen propiedad intelectual y dan lugar a derechos de autor.
¿Qué son los derechos de autor?
Los derechos de autor son un grupo de principios y normas jurídicas que describe, determina y otorga al propietario (creador) una serie de derechos sobre el uso de obras literarias o artísticas. Las obras que se prestan a la protección por derecho de autor van desde música, pintura, películas y libros, hasta anuncios publicitarios, programas informáticos, entre otros.
Por tanto, decimos que los derechos de autor son los derechos que tienen los creadores sobre sus obras. Por el simple hecho de crear eres el titular de estos derechos, te protege la ley y no necesitas registrar tu obra en ningún sitio ni hacer trámite alguno para disfrutar de ellos.
Los derechos de autor incluyen:
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Derechos patrimoniales
Que permiten al autor de la obra obtener compensación económica cuando otros la utilicen.
Su vigencia varía según los países y diferentes legislaciones pero dura de media toda la vida del autor más unos 70 años.
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Derechos morales
Que protegen los intereses no financieros del autor.
Estos derechos se enuncian en 4 aspectos:
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El autor de una obra podrá decidir si ésta puede ser divulgada y en qué forma,
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Podrá determinar si quiere ser mencionado, utilizar un seudónimo o si prefiere permanecer en el anonimato cuando su obra se divulgue.
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Tiene derecho a exigir el reconocimiento de su autoría.
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Y a exigir que se respete la integridad de la obra, impidiendo cualquier modificación o alteración de la misma que vaya contra sus intereses.
Actualmente los derechos de autor y los asuntos que derivan de estos son regulados por la OMPI. El antecedente de la OMPI es el Tratado de Berna, firmado en 1886.
El Tratado de Berna protege “todas las producciones en el dominio literario, científico y de artes plásticas, cualquiera que pueda ser su modalidad o forma de expresión” que se generen en cualquiera de los países miembro.
La actual OMPI deriva de los organismos creados para gestionar aquella Convención de Berna.
¿Qué es el copyright?
La noción de copyright (derecho de copia) se utiliza en el derecho anglosajón y es un tipo de propiedad intelectual que le otorga al propietario de la creación una serie de derechos exclusivos.
Tanto el copyright como los derechos de autor surgieron en el siglo XVIII para resolver los problemas que surgieron con la aparición de la imprenta.
El primer antecedente fue el Estatuto de la Reina Ana, promulgado en el año 1710. En esos primeros tiempos todo el poder lo ejercían los editores y no se reconocía importancia (ni apenas beneficios) a los autores.
Esto hizo necesario crear un marco legal que contemplase los antecedentes de lo que hoy conocemos como Copyright.
Aunque tanto el copyright como los derechos de autor prevén un derecho de control y apropiación concedido al autor por tiempo limitado, ambos conceptos se han ido ampliando y cambiando a lo largo del tiempo para adaptarse a los nuevos tiempos. Por ejemplo, con la aparición de Internet y su impacto sobre la sociedad. Igual que pasó con la imprenta, en el ecosistema online se generan nuevas situaciones que afectan directamente a los derechos de autor.
Derechos de autor en España
La normativa aplicable a los derechos de autor en España deriva de la correspondiente Directiva Europea, basada en los planteamientos de la OMPI.
Los derechos de autor en España se legislan en el Real Decreto-ley 12/2017, que modifica la Ley de Propiedad Intelectual o L.P.I. (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril).
Algunas de las cuestiones más destacables de la normativa española son:
- Recoge el doble carácter de los derechos de autor distinguiendo entre derechos morales y derechos patrimoniales.
- Reconoce que la propiedad de una obra corresponde a su autor por el solo hecho de haberla creado.
- Articula el proceso de transmisión o cesión de los derechos a terceros.
- Determina la duración de los derechos de autor. Los derechos de autor en España duran toda la vida del autor más 70 años tras su fallecimiento.
- Señala que en España no es necesario registrar los derechos de autor de una obra para que sean reconocidos.
Infórmate sobre estas y otras cuestiones en el Real Decreto Legislativo sobre derechos de autor en España.
¿Qué son los derechos de autor en Internet?
Internet favorece por definición la difusión de contenidos y esta es una de sus grandes ventajas: la facilidad que nos da la web para conseguir toneladas de recursos en respuesta a cualquier búsqueda supone un gran avance.
La contrapartida es la facilidad para el plagio o robo de contenidos y otras vulneraciones de los derechos de autor.
Para tratar en profundidad el tema de los derechos de autor en Internet, es necesario observar la situación desde dos perspectivas:
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Por una parte están tus derechos de autor sobre el contenido que creas. No solamente los posts de tu blog, sino también los textos e imágenes que creas y compartes en redes sociales.
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Por otra parte, están tus obligaciones como usuario de contenidos ajenos: imágenes, textos y vídeos que utilizas como inspiración, que compartes en tu web o en tus redes sociales.
Los derechos de autor en Internet - Infografía
¿Qué derechos tengo como autor en Internet?
Exactamente los mismos que en el mundo off-line, pero los derechos de autor en Internet son más difíciles de demostrar y defender.
Como medida preventiva, puedes registrar la propiedad intelectual de tus obras.
Es voluntario y no te aporta ningún derecho adicional, pero te será de gran ayuda en el caso de que necesites demostrar ante la ley que eres el autor de un contenido determinado.
¿Cómo se protegen los derechos de autor en Internet?
Para proteger los derechos de autor en Internet debemos recurrir a registrar la propiedad intelectual.
Existen varias formas de registrar la propiedad intelectual; vamos a hablar de las tres más comunes.
1.- Presentar una solicitud ante el “Registro de la Propiedad Intelectual”
O el organismo oficial análogo de tu país y pagar la tasa correspondiente, aquí puedes resolver tus dudas al respecto del procedimiento para España.
2.- A través de Safe Creative
Safe Creative es una plataforma online de registro de la propiedad intelectual. Nace de una iniciativa española para simplificar la gestión de los derechos de autor y tiene la ventaja de ser gratis y poder completarse online.
Además, ¡es un nuevo lugar de difusión de tu web!
Te recomiendo que entres aquí si quieres saber más sobre Safe Creative
3.- Utilizar licencias Creative Commons
Las Licencias Creative Commons, nacidas del nuevo ecosistema digital, derivan del movimiento Copyleft.
Es una forma de poner tus creaciones a disposición del público permitiendo que se difundan en las condiciones que tú, como autor, establezcas.
Si deseas compartir tu obra, puedes utilizar una licencia de Creative Commons (algo así como licencia de bienes creativos comunes).
A través de uno de los diferentes sistemas establecidos podrás permitir la difusión o reutilización de tus obras con arreglo a determinadas condiciones que tú eliges.
La condición común a todos los tipos de licencia es que se mantiene el reconocimiento de tu autoría.
Lo que debes especificar es si permites el uso comercial de tu obra y si se puede transformar o debe compartirse igual.
Aquí puedes leer más sobre los tipos de licencia disponibles.
Establecer una modalidad de licencia Creative Commons no implica renunciar a tus derechos de autor ni a los beneficios de tu obra.
Simplemente, te servirá para establecer en qué condiciones deseas compartirla.
Estas licencias formalmente no son un registro de la propiedad intelectual, pero su uso hace posible defender los derechos de autor ante un tribunal.
Existe abundante jurisprudencia que reconoce el uso de las Licencias CC y su validez como prueba en un juicio.
Tanto Safe Creative como las licencias Creative Commons son opciones gratuitas, pero no son lo mismo.
Safe Creative es un sistema de registro de la propiedad intelectual y Creative Commons es un sistema de licencias para facilitar la difusión y el uso de una obra.
Conviene destacar que no son lo mismo, porque son compatibles.
De hecho, elegir un tipo de licencia Creative Commons es uno de los pasos del proceso de registro de una obra en Safe Creative.
Derechos de autor en Redes Sociales
Cuando subes un contenido a una red social renuncias a una parte de tus derechos, otorgando a dicha red social una licencia sobre estos.
Si revisas las políticas de usuario de las principales redes sociales (Facebook, Twitter, Instagram) descubrirás que todas enuncian esta cesión en términos muy parecidos: al compartir un contenido en la red les otorgas “una licencia mundial, no exclusiva, con derecho de sublicencia para usar, copiar, reproducir, procesar, adaptar ...distribuir dicho contenido en todos los medios o métodos de distribución …(ahora conocidos o desarrollados posteriormente)...”.
En otra parte del texto se añade que la red no tiene que darte contraprestación alguna en caso de obtener rendimientos económicos de tus contenidos.
Escalofriante, ¿verdad?
Eso sí, el reconocimiento de tu autoría se mantiene siempre.
La única forma de retirar a la red social esta licencia es eliminado la imagen y/o las publicaciones que la contienen.
Esto daría por finalizada la licencia de la red social sobre el contenido de que se trate, a no ser que otros usuarios la hayan compartido.
En este caso, habría que eliminar todas y cada una de las publicaciones que la contengan.
Preguntas frecuentes sobre derechos de autor en Internet
¿Qué debes saber como usuario sobre los derechos de autor en Internet?
Como usuario debes tener esto siempre presente: no es necesario que un texto tenga Copyright ni que una imagen tenga marca de agua para indicar que tiene “dueño” o para que se reconozcan los derechos de su autor.
Se tiende a pensar que lo que está en Internet se puede utilizar si no se indica nada en contrario, y no es así, ¡es justo al revés!
Solamente puedes utilizar un contenido si se indica expresamente mediante la correspondiente insignia de Creative Commons o de Copyleft.
Todos los contenidos online están protegidos por los derechos de autor y no pueden utilizarse a no ser que se indique expresamente.
¿Qué puede pasar si no respeto los derechos de autor online?
Pues como poco, habrá consecuencias fatales para tu reputación.
¡Se considera robar!
Te expones a que el autor o propietario de los derechos te denuncie ante la autoridad y reporte a Google tu comportamiento.
No respetar los derechos de autor implica responsabilidad civil y penal.
Responsabilidad civil significa que el titular de los derechos puede solicitar el cese de tu actividad y pedirte una indemnización por los daños.
Y responsabilidad penal: los casos más graves pueden acarrear "pena de prisión de seis meses a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses", según el Código Penal.
Queda claro que no es una práctica aconsejable, ¿verdad?
Compartir contenidos en Redes Sociales
Las diferentes redes sociales establecen en sus condiciones que es tu obligación como usuario asegurarte de que tienes derecho o autorización para utilizar los contenidos que publicas.
Compartir contenido ajeno en Redes Sociales está permitido, es algo cotidiano.
Al compartir un post, lo enlazamos a través de los botones de “Compartir” de las diferentes Redes.
Esto no vulnera ningún derecho de autor.
Pero, ¿qué pasa con las imágenes, infografías, frases célebres en imagen, fotos inspiradoras…?
Son creaciones que cunden en las Redes Sociales, se publican una y otra vez y parecen no pertenecer a nadie.
¿Es esto legal?
¡No!
Una cosa es compartir la publicación original dónde aparece y otra muy diferente crear una publicación propia que la incluya, donde no se mencione a su autor.
El mejor truco para evitar problemas: ¡no descargues contenidos de Redes Sociales!
Utiliza únicamente el botón “Compartir”, es la esencia del funcionamiento de las Redes.
¿Utilizas contenidos ajenos en tu blog?
Si publicas contenido ajeno en tu blog, ¡mucho cuidado!
En primer lugar, has de asegurarte que su autor lo permite y de atribuirle su autoría.
En segundo lugar, te expones a que Google te penalice por contenido duplicado.
Utilizar un artículo ajeno como inspiración para un post no es un problema, siempre que se enlace el contenido original y se cite como fuente.
Si lo que quieres es utilizar textualmente un fragmento de un artículo ajeno, asegúrate de que su autor lo ofrece bajo alguno de los sistemas mencionados (Copyleft, Creative Commons…) y de atribuirle la autoría correctamente.
¡Ojo! Recuerda que si no pone nada, ¡tienes que pedir permiso por escrito al autor!
Asegúrate también de que el contenido duplicado no supera el 20% de la página y no tendrás problemas con Google.
Derechos de autor con las imágenes en Internet
El caso más sensible vuelven a ser las imágenes, quizá el recurso más buscado por bloggers, Community Managers y estrategas de contenidos.
¡Claro! Los contenidos sin imágenes no funcionan igual, eso lo sabemos todos.
Y todos necesitamos imágenes.
Las imágenes que encuentras en Internet no pueden utilizarse sin más.
Cuando encuentres una imagen online que te gustaría reutilizar, investiga para saber dónde se publicó inicialmente y bajo qué licencia.
Si no encuentras indicios de que la obra se ofrece bajo una licencia de Creative Commons, de nuevo debes pedir permiso por escrito a su autor para utilizarla(por ejemplo, por email).
¡Ojo! modificar la imagen no la convierte en otra obra y no evita tus obligaciones para con el autor.
Es muy habitual recurrir a bancos de imágenes gratuitos, pero no hay que olvidar que las obras dentro de estos sitios siguen estando sujetas a derechos de autor.
Presta mucha atención a las indicaciones del tipo de licencia bajo la que se comparte la imagen: se especifica claramente junto a ellas.
Para que te familiarices con los principales tipos de licencia Creative Commons, te dejo esta pequeña infografía con los iconos utilizados para identificarlas.
Si no quieres complicarte demasiado, utiliza Pixabay.
Todas las imágenes y vídeos de esta plataforma están expuestos bajo la licencia CreativeCommons0: sin derechos autorales.
Puedes copiar, modificar, distribuir e Interpretar la obra para un uso editorial (que es el que haces en tu blog) sin pedir permiso ni hacer atribución al autor.
Pero, ¿tendrás suficiente con un solo banco de imágenes?
Posiblemente no.
Tienes que saber cómo atribuir la imagen al autor para poder disfrutar de todos los recursos.
¡Así que vamos con eso!
¿Qué es la atribución al autor?
Consiste en indicar formalmente a quien pertenece un contenido que estamos utilizando, sea en Redes Sociales o en nuestro sitio web.
Y digo formalmente, porque hay que ajustarse a una forma determinada.
En la práctica se traduce escribiendo los datos de autoría junto al contenido ajeno que estamos utilizando.
Hay 4 variables a indicar, que suelen identificarse por sus siglas: TAOL.
Es decir: Título, Autor, Origen o fuente y Licencia.
Al especificar el origen, debe enlazarse la fuente original del contenido y al indicar la licencia, hay que detallar qué tipo de licencia es.
Por ejemplo, si encuentras una foto en Google Imágenes, debes hacer clic sobre ella para indagar a quién pertenece la publicación original.
Si no encuentras información sobre las licencias, contacta con el titular de la publicación para saber más.
En los bancos de imágenes, la información sobre las licencias se incluye junto a la foto.
Asegúrate de incluir toda la información necesaria.
Otro caso: imagina que te gusta una infografía de un blog bajo licencia Creative Commons y quieres compartirla en una entrada del tuyo.
Por ejemplo, las “12 claves para ser más productivo” de mi blog, enclaveproductiva.es.
Como mi blog está registrado en Safe Creative y bajo Creative Commons, puedes utilizar mi contenido en otro sitio web.
Si te fijas en la barra lateral del blog, la insignia Creative Commons te indica las condiciones.
He especificado que mi contenido puede compartirse atribuyéndome la autoría, con fines no comerciales y sin alteraciones.
Según las abreviaturas utilizadas en Creative Commons sería BY-NC-SA.
By se refiere a la autoría. NC son las siglas de Non-Commercial Use, uso no comercial y SA es Share Alike, compartir igual.
Podrías incluir mi infografía en tu sitio web siempre que me menciones y no modifiques la imagen.
Recuerda que debes incluir los 4 elementos TAOL.
Una forma correcta de hacerlo sería escribiendo: Infografía “ 12 Claves para ser más productivo” por Natalia de la Peña Frade en enclaveproductiva.es. Licencia CC BY-NC-SA.
¿Cómo se ponen los derechos de autor en una página web?
Los derechos de autor por la creación de una página web deben establecerse mediante el correspondiente contrato de servicios. En dicho contrato está pactada la creación de la web y posterior cesión de derechos de creación al que ha contratado el servicio.
Como autor o titular originario de derechos de propiedad intelectual con respecto a la obra puedes solicitar la inscripción de derechos de autor de la página web en el Registro de la Propiedad Intelectual.
Más información sobre derechos de autor en España en relación a páginas web en Culturaydeporte.gob.es Registro de la Propiedad Intelectual de obras a nivel de Páginas web y multimedia.
Conclusión
Desde que existe Internet tenemos más recursos que nunca.
La difusión universal y gratuita del conocimiento es un gran avance... siempre y cuando se utilice bien.
Disfruta de tus derechos como autor y recuerda tus obligaciones como usuario.
¿Alguna vez habías pensado en tus derechos de autor en internet? ¿Qué sistema utilizas para registrar tus contenidos? ¿Han plagiado alguna obra tuya? ¡Me encantaría tener tus comentarios!
Crédito
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Fuentes
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https://www.mecd.gob.es/cultura-mecd/areas-cultura/propiedadintelectual